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APROBACIÓN VIRTUAL DE CONTRATOS DE TRABAJO CON EXTRANJEROS

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Flash Laboral

  • El Ministerio de Trabajo lo implementará de manera progresiva

Mediante RM N° 291-2018-TR publicada en El Peruano hoy miércoles 14 de noviembre, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha aprobado la normativa complementaria para la aprobación, prórroga o modificación de los contratos de trabajo de personal extranjero, a través del “Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros – SIVICE” con las siguientes características:

Administración: La administración del SIVICE está a cargo de la Dirección de Migración Laboral del Ministerio de Trabajo

Módulos: El SIVICE contiene 5 módulos: 1) Presentación de contrato de personal exceptuado; 2) Aprobación del contrato de trabajo; 3) Aprobación de la prórroga del contrato de trabajo; 4) Aprobación de la modificación del contrato y 5) Consultas.

Acceso: Para realizar el trámite correspondiente, el empleador debe acceder al SIVICE a través de la página Web del Ministerio de Trabajo, consignar su clave SOL, seleccionar el módulo correspondiente y llenar los datos correspondientes al trámite que realice. Finalmente grabar los datos ingresados.

El SIVICE remitirá de manera automática a los correos electrónicos de la empresa y del trabajador extranjero la constancia correspondiente.

Fiscalización: El trámite virtual está sujeto a fiscalización posterior, en el marco de lo previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Implementación: EL SIVICE se implementará de manera progresiva a nivel nacional. Inicia su funcionamiento con la Dirección Regional de Trabajo de Lima Metropolitana.

Migrante Andino: Se precisa que el Sistema Virtual del Trabajador Migrante Andino sigue vigente y es aplicable a los nacionales de Bolivia, Colombia y Ecuador, en el marco de la Decisión 545.

Trabajadores Venezolanos: Cabe recordar que con la RM. 176-2018-TR se flexibilizó la contratación laboral para trabajadores venezolanos, regulando que estos contratos no requieren de aprobación por parte del MTPE y durarán mientras esté vigente el Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o el Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario Provisional (PTEP). Precisó que los beneficios laborales de estos trabajadores son los establecidos para los trabajadores nacionales.

Vigencia: Lo dispuesto en esta norma entrará en vigencia en un plazo no mayor a 60 días calendario contados desde el 13.10.2018, fecha en el que entró en vigencia el DS N° 008-2018-TR, modificatorio del reglamento de la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros – D. Legislativo 689.

Fuente: Cámara de Comercio de Lima

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