Conoce la importancia de contratar el SEGURO VIDA LEY.
La SUNAFIL, hace incapie que todo empleador es garante de la vida y salud de sus trabajadores.
¿Qué es el Seguro Vida Ley?
Es un beneficio social que consiste en un pago económico a favor de los beneficiarios del trabajador ante su fallecimiento o accidente que le ocasione invalidez total y permanente.
¿En qué momento se debe contratar el seguro?
El Seguro Vida Ley debe ser otorgado a los trabajadores desde desde el inicio de la relación laboral, con prescindencia de la actividad empresarial o del giro del negocio de la empresa, del régimen laboral o de la modalidad contractual del trabajador (contrato indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial).
¿Cuál es la responsabilidad del empleador?
– Contratar de forma obligatoria la póliza de Seguro Vida Ley.
– Registrar la información de los contratos de Seguros Vida Ley, dentro de los 30 días calendario de suscrito al contrato de seguro, a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo.
¿Qué sucede si no contrato el seguro?
En caso que el empleador no cumpliera ésta obligación y falleciera el trabajador, o sufriera un accidente que lo invalide permanentemente, deberá pagar a los beneficiarios del trabajador, lo siguiente:
- Por fallecimiento natural del trabajador: Se abonará a sus beneficiarios 16 remuneraciones.
- Por fallecimiento del trabajador a consecuencia de un accidente: Se abonará a sus beneficiarios 32 remuneraciones.
- Por invalidez total o permanente del trabajador originada por accidente: Se abonará a sus beneficiarios 32 remuneraciones.
Asimismo, debe tener en consideración que, no registrar el contrato de Seguro de Vida Ley en el Registro Obligatorio, no contratar la póliza de Seguro de Vida, no mantenerla vigente o no pagar oportunamente la prima, a favor de los trabajadores, se considera una infracción grave, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado.